Micelio

Artículo 2

Decreto 715 de 1964 · por el cual se comisionan unos funcionarios del Ministerio de Salud Pública para que adelanten estudios de especialización en el Exterior.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Los funcionarios comisionados en el artículo anterior han suscrito un contrato con el Ministerio de Salud Pública, por medio del cual se comprometen a prestar sus servicios al Gobierno Nacional por un término mínimo de tres (3) años, a su regreso al país.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 715 de 1964