Micelio

Artículo 2

La Comisión Interinstitucional Creada En El Presente Decreto, Estará Conformada: 1

Decreto 360 de 1998 · por el cual se crea una Comisión Interinstitucional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La Comisión Interinstitucional creada en el presente decreto, estará conformada

1.

La Ministra de Justifica y del Derecho, o el Viceministro, quien la presidirá.

2.

Dos (2) representantes del Colegio de Notarios, designados por dicha colegiatura.

3.

Dos (2) representantes de la Asociación Colombiana de Notarios designados por dicha asociación.

4.

Dos (2) notarios, que no pertenezcan a las entidades antes señaladas, designados por la Ministra de Justicia y del Derecho.

5.

El Superintendente de Notariado y Registro o su delegado. El Viceministro de Justicia y del Derecho será el Coordinador de la Comisión Interinstitucional que se crea con el presente decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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