Para los efectos de la presente norma, se adoptan las siguientes definiciones:
Semillas de vida: Son los niños, niñas y jóvenes indigenas que recorren un camino de vida y mediante prácticas de cuido y cuidado van avanzando en el andar del tiempo por distintos momentos de maduración, en los que se conserva y transmite el legado cultural de su pueblo para la pervivencia milenaria.
Semillas de vida con capacidades diversas: Semillas con habilidades, dones y capacidades diversas. Son niños, niñas y jóvenes indígenas que por circunstancias de orden biológico, cultural, espiritual, accidental y/o desequilibrio natural al ser sembrados, al nacer o en momentos diferentes de la vida, presentan cambios en su forma de pensar, sentir, actuar y vivir que a nivel familiar, comunitario, organizativo e institucional requieren formación, cuidados, acompañamientos y apoyos específicos.
Gobierno propio: El gobierno propio de los pueblos indígenas comprende el ejercicio autónomo de la soberanía en sus territorios ancestrales, la toma de decisiones sobre los mismos, la libertad para sus manifestaciones culturales, la aplicación de justicia propia, y la preservación del conocimiento milenario. Este gobierno se fundamenta en la relación espiritual con la comunidad y el territorio, reconociendo la interdependencia entre el bienestar de la madre tierra y el buen vivir de los pueblos indígenas.
Cultura: Es el pilar fundamental de la identidad de los pueblos originarios y la base de su fortaleza de su gobierno. Comprende todas las expresiones del ser humano en los ámbitos espiritual, lingüístico, económico, político, social y familiar, entre otros. Las manifestaciones culturales y artísticas son vitales y a través de ellas los niños, las niñas y jóvenes expresan sus sentires y dones, lo cual es esencial para el camino de vida, la transmisión, la vivencia y conservación de los valores, la cosmovisión propia y el sentido de la vida.
Familias y Comunidades Indígenas: Es la raíz fundamental para el cuido, cuidado y acompañamiento para la transmisión cultural, espiritual y lingüística. Su conformación respeta la diversidad de cada pueblo y salvaguarda la sabiduría y conocimientos de la cultura, que se transmite a las semillas de generación en generación, incluyendo estructuras de clanes y familias extendidas.
Procesos Educativos Indígenas Propios: Son integrales, culturales, políticos, comunitarios de los pueblos indígenas, para la resistencia y pervivencia milenaria, mediante el rescate, revitalización y fortalecimiento de la identidad cultural, la territorialidad, la autonomía, las lenguas nativas, los saberes, conocimientos, las' prácticas propias y de otras culturas, que se adquieren y se desarrollan desde antes del nacimiento hasta la otra vida espiritual de las personas. Se orientan desde el Plan de Vida, se vivencian y promueven por las autoridades indígenas, los sabedores y sabedoras, los sabios y sabias espirituales, la familia y la comunidad, conforme a las Ley Natural, Ley de Origen, Derecho Mayor y Derecho Propio de cada pueblo y la Constitución Política.
Soberanía y autonomía alimentaria: Es el derecho y la capacidad de los pueblos indígenas a decidir sobre sus propios sistemas alimentarios y las formas de producción de los mismos, conforme a sus saberes, prácticas, costumbres y conocimientos ancestrales propios, en armonía con la madre naturaleza. La alimentación está estrechamente ligada al territorio como base fundamental de la vida, la espiritualidad y la salud, y constituye un elemento central para el buen vivir, la identidad de la niñez indígena. La soberanía y las autonomías alimentarias en los territorios articulando la identidad cultural, el derecho a la autodeterminación, y la cosmovisión del "Buen Vivir mediante la conservación de las semillas propias, la preparación y cuidado de la tierra, los espacios, uso de herramientas propias como el calendario ecológico y al equilibrio de los ecosistemas, el fortalecimiento de actividades colectivas y solidarias, así como el cultivo de la chagra, conucos, tulpas y demás sistemas de producción propia, como espacios de transmisión de saberes y tradiciones comunitarias y ancestrales.
Infraestructura Propia: Se entiende por infraestructura propia la capacidad, calidad y diversidad de construcciones y adecuaciones físicas en el territorio, las cuales deben responder a la arquitectura propia en condiciones básicas de seguridad y accesibilidad en armonía con los materiales ancestrales de construcción, conforme a la cosmovisión de cada pueblo indígena y a las necesidades identificadas en cada comunidad. Dichas construcciones se destinan a actividades culturales, educativas, lúdico-recreativas, espirituales y políticas, yen ellas se deberán garantizar la provisión de medios técnicos, servicios públicos e instalaciones necesarias para el buen vivir de la niñez indígena.
Prácticas ancestrales, arte y juegos propios: Son expresiones y prácticas ancestrales para la armonía y el equilibrio que permiten transmitir, compartir y vivenciar la cultura y el arte, como los tejidos, la música, la danza, la pintura corporal y los juegos propios, que guardan relación con los roles comunitarios. Dichas prácticas no pueden entenderse exclusivamente como recreación o deporte, sino como expresiones propias de la cosmogonía y cosmovisión indígena, guiadas por Ley Natural, Ley de Origen, Derecho Mayor y Derecho Propio, Palabra de Vida y Sistemas de Conocimiento, vinculadas al territorio, espacios comunitarios y lugares sagrados que deben cuidarse y preservarse.
Entornos Propios e Interculturales: Son los espacios físicos y de tejido comunitario que nacen del territorio, los escenarios culturales y los sitios sagrados, donde se resguarda la palabra, la sabiduría ancestral y donde se entretejen diálogos con el mundo exterior, respetando los sistemas de conocimiento de cada pueblo.
Desarmonías espirituales: Se refieren a aquellas interferencias que atacan la unidad y armonía comunitaria, presentándose en los territorios por medio del suicidio, el consumo de sustancias psicoactivas, todo tipo de violencias, la explotación sexual y el estado de mendicidad que afectan directamente a la niñez indígena.
12.Trabajo Comunitario, Entorno Laboral y de Sustento: Es una práctica cultural esencial que hace parte de su proceso formativo integral y de preparación para la conexión con la vida familiar y comunitaria orientado por sus familias y autoridades tradicionales. Deberá ser entendido como una escuela dirigida a la transmisión de la cultura, el fortalecimiento de la relación espiritual con el territorio, el aprendizaje de los oficios tradicionales y la vivencia de los valores de responsabilidad, respeto, unidad familiar, corresponsabilidad y bienestar colectivo, distinguiéndose del concepto de trabajo infantil.
13.Atención integral: Es el conjunto de acciones de las entidades nacionales y territoriales que en coordinación con las estructuras de gobierno propio indígena tienen por objeto garantizar la promoción, protección del desarrollo y buen vivir de la niñez indígena en sus territorios y territorialidades. Estas acciones son planificadas, continuas y permanentes e involucran aspectos de carácter técnico, espiritual, cultural, político, social, programático y financiero.
Espacios de sanación, conexión y formación: Son espacios ubicados en comunidades indígenas que hacen parte del tejido de espacios de cuidado, destinados a proteger, garantizar acceso a la justicia, y sanar desarmonías donde las víctimas sean niños, niñas o jóvenes indígenas.
15.Acogida comunitaria: Es una medida de protección que busca salvaguardar a las semillas de vida, mediante su ubicación en un medio familiar y comunitario, cuando se presente una desarmonía grave en su comunidad de origen que ponga en riesgo su vida y/o seguridad.
TíTULO 11 DE lOS CAMINOS PARA El BUEN VIVIR DE lA NIÑEZ INDíGENA CAPíTULO I BUEN VIVIR DESDE El CONTEXTO CULTURAL y ESPIRITUAL