Micelio

Artículo 28

A Las Solicitudes Que Presenten Los Ciudadanos Para Que Se Impongan Las Sanciones Ordenadas Por La Ley 72 De 1931, Deberá Acompañarse La Prueba De La Infracción O Presentar Los Testigos Que Deban Acreditar El Hecho

Decreto 1278 de 1931 · Por el cual se reglamentan las leyes 57 de 1926 y 72 de 1931 sobre descanso dominical

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A las solicitudes que presenten los ciudadanos para que se impongan las sanciones ordenadas por la Ley 72 de 1931, deberá acompañarse la prueba de la infracción o presentar los testigos que deban acreditar el hecho.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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