El Gobierno Nacional no pagará intereses al Banco de la República por la utilización del cupo legal de endeudamiento.
Ley 22 de 1973 →Vigente
Artículo 9
Ley 22 de 1973 · por medio de la cual se autoriza al Gobierno Nacional para efectuar algunos gastos durante la vigencia fiscal de 1974, se procede a su financiación y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.