° Con destino a la custodia de la Colonia Penal del Meta créase en la novena División de la Policía Nacional, la Sección 8ª, con el personal y las asignaciones mensuales siguientes: Un Comisario de primera clase, ochenta pesos $ 80 Un Comisario de segunda clase, setenta y cinco pesos 75 Un Comisario de tercera clase, setenta pesos 70 Un Secretario, cincuenta pesos 50 Dos Agentes de primera clase, a treinta pesos cada uno 60 Cuatro Agentes de segunda clase, a veintisiete pesos cada uno 108 Cuarenta y cuatro Agentes de tercera clase, a veinticinco pesos cada uno 1,100
Artículo 1
Con Destino A La Custodia De La Colonia Penal Del Meta Créase En La Novena División De La Policía Nacional, La Sección 8ª, Con El Personal Y Las Asignaciones Mensuales Siguientes: Un Comisario De Primera Clase, Ochenta Pesos $ 80 Un Comisario De Segunda Clase, Setenta Y Cinco Pesos 75 Un Comisario De Tercera Clase, Setenta Pesos 70 Un Secretario, Cincuenta Pesos 50 Dos Agentes De Primera Clase, A Treinta Pesos Cada Uno 60 Cuatro Agentes De Segunda Clase, A Veintisiete Pesos Cada Uno 108 Cuarenta Y Cuatro Agentes De Tercera Clase, A Veinticinco Pesos Cada Uno 1,100
Decreto 945 de 1919 · Por el cual se crea en la Policía Nacional una Sección para la Colonia del Meta
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.