Los supervisores actualmente al servicio del Ministerio que no reúnan las condiciones de que habla el artículo anterior conservarán el salario y la categoría respectiva. Los supervisores dedicados a la orientación de la educación industrial y vocacional agrícola podrán pertenecer a la clase II, categoría 23 siempre y cuando posean el título de bachiller técnico o de normalista superior y reúnan las demás condiciones de que habla el artículo 3º de este Decreto.
Decreto 543 de 1970 →Vigente
Artículo 4
Decreto 543 de 1970 · Por el cual se suprimen y crean unos empleos en la Oficina de Inspección y Evaluación Educativa y en la División de Bienestar Educativo del Ministerio de Educación Nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.