Micelio

Artículo 1912

Trámite Para La Solicitud De Un Concordato Preventivo - Anexos A La Solicitud

Decreto 410 de 1971 · POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE COMERCIO

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La solicitud deberá presentarse directamente por el deudor o por medio de apoderado ante el juez competente para conocer del juicio de quiebra del deudor, antes de la cesación en los pagos o dentro de los quince días siguientes a la fecha del sobreseimiento en los mismos.

Con la solicitud se presentará:

1.

Un certificado de la cámara de comercio del lugar de su domicilio, en el cual deberá constar que el solicitante se halla legalmente inscrito en el registro mercantil;

2.

Un balance general de su patrimonio, certificado por un contador legalmente habilitado para ello y acompañado de un inventario detallado de sus bienes y obligaciones, con indicación del nombre y domicilio de sus acreedores y de la clase de sus créditos, elaborado con no menos de un mes de anterioridad a la fecha de la presentación de la solicitud, y

3.

Una relación de todos los procesos en curso contra el deudor o promovidos por él.

Al presentar la solicitud, el deudor protestará bajo juramento que reúne las condicione segunda, tercera, cuarta y quinta indicadas en el Artículo 1910.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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