Micelio

Artículo 294

Decreto 1345 de 1970 · por el cual se codifican las normas sobre Procedimiento Penal.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Valor probatorio de las diligencias. Las diligencias de indagación realizadas por la policía judicial, tienen el mismo valor probatorio que las practicadas por el juez. La versión Juramentada que de los hechos suministre quien ejerza funciones de policía judicial tiene el carácter de testimonio. Los dictámenes rendidos por el personal técnico de la policía judicial se someterán a las reglas de apreciación establecidas en este Código para la prueba pericial.

A petición de parte o de oficio podrán practicarse en el proceso las pruebas que sean repetibles de las producidas por la policía judicial.

JURISPRUDENCIA

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1345 de 1970