Traslado de información. Si el Banco de la República, alguna dependencia de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales u otra Entidad Oficial ha recibido en custodia divisas o moneda legal colombiana en efectivo, o títulos representativos de divisas o de moneda legal colombiana en relación con actuaciones que culminen con resoluciones de terminación de investigación o de imposición de sanción, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales comunicará la respectiva providencia ejecutoriada a dicha entidad o dependencia para lo de su competencia.
Decreto 2245 de 2011 →Vigente
Artículo 34
Traslado De Información
Decreto 2245 de 2011 · por el cual se establece el Régimen Sancionatorio y el Procedimiento Administrativo Cambiario a seguir por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.