Micelio

Artículo 16

Las Funciones De La Junta Son De Tres Clases: Clase A: Requieren Para Su Validez La Aprobación Del Gobierno

Decreto 1168 de 1969 · Por el cual se aprueban los estatutos de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las funciones de la Junta son de tres clases: Clase A: Requieren para su validez la aprobación del Gobierno. Clase B: Requieren para su validez el voto favorable del Ministro. Clase C: Las funciones que ejerce la Junta sin ninguna formalidad especial. Pertenecen a la clase A

a)

Adoptar los estatutos de la entidad de cualquier reforma que a ellos se introduzcan.

b)

Adoptar el estatuto de personal.

c)

Disponer la contratación de empréstitos internos y externos con destino a la Caja y aprobar los contratos respectivos, cuando así se exijan según normas vigentes. Pertenecen a la clase B:

d)

Aprobar los contratos cuya cuantía exceda de $ 500.000. Pertenecen a la clase C:

e)

Formular la política general del organismo y los planes y programas que, conforme a las reglas que prescriban el Departamento Administrativo de Planeación y la Dirección General de Presupuesto, deben proponerse para su incorporación a los planes sectoriales, y a través de éstos a los planes generales de desarrollo.

f)

Aprobar el presupuesto anual de la Caja.

g)

Controlar el funcionamiento general de la Caja y verificar su conformidad con la política adoptada.

h)

Crear las unidades seccionales que sean indispensables para la prestación de servicios a los afiliados.

i)

Determinar el personal al servicio de la Caja, crear los cargos o previstos e estos estatutos, hacer los nombramientos y remociones de Secretario General, Jefes de División, de candidatos presentados por el Gerente.

j)

Conocer en grado de apelación, de los recursos que se surtan en la forma legal y estatutaria contra las resoluciones dictadas por el gerente en materia de prestaciones sociales.

k)

Examinar, para probar o improbar los informes mensuales o anuales que el Gerente someta a su consideración, lo mismo que los balances respectivos.

l)

Autorizar y aprobar los contratos que proponga el Gerente cuando su valor exceda de cien mil pesos ($ 100.000).

m)

Expedir reglamentos generales sobre otorgamiento de las prestaciones y reglamentos especiales sobre el funcionamiento de las Divisiones Administrativas de la Caja.

n)

Señalar las funciones o actos que el Gerente puede delegar en otros servidores de la Caja. ñ) Determinar la organización de la Caja. Para tal efecto podrá crear, suprimir o modificar sus dependencias y señalar sus funciones.

o)

Designar el reemplazo del Gerente en sus faltas temporales o accidentales.

p)

Designar el funcionario que haga las veces de Jefe de Personal.

q)

Fijar las asignaciones de los cargos de la Caja.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1168 de 1969