Las funciones de la Junta son de tres clases: Clase A: Requieren para su validez la aprobación del Gobierno. Clase B: Requieren para su validez el voto favorable del Ministro. Clase C: Las funciones que ejerce la Junta sin ninguna formalidad especial. Pertenecen a la clase A
Adoptar los estatutos de la entidad de cualquier reforma que a ellos se introduzcan.
Adoptar el estatuto de personal.
Disponer la contratación de empréstitos internos y externos con destino a la Caja y aprobar los contratos respectivos, cuando así se exijan según normas vigentes. Pertenecen a la clase B:
Aprobar los contratos cuya cuantía exceda de $ 500.000. Pertenecen a la clase C:
Formular la política general del organismo y los planes y programas que, conforme a las reglas que prescriban el Departamento Administrativo de Planeación y la Dirección General de Presupuesto, deben proponerse para su incorporación a los planes sectoriales, y a través de éstos a los planes generales de desarrollo.
Aprobar el presupuesto anual de la Caja.
Controlar el funcionamiento general de la Caja y verificar su conformidad con la política adoptada.
Crear las unidades seccionales que sean indispensables para la prestación de servicios a los afiliados.
Determinar el personal al servicio de la Caja, crear los cargos o previstos e estos estatutos, hacer los nombramientos y remociones de Secretario General, Jefes de División, de candidatos presentados por el Gerente.
Conocer en grado de apelación, de los recursos que se surtan en la forma legal y estatutaria contra las resoluciones dictadas por el gerente en materia de prestaciones sociales.
Examinar, para probar o improbar los informes mensuales o anuales que el Gerente someta a su consideración, lo mismo que los balances respectivos.
Autorizar y aprobar los contratos que proponga el Gerente cuando su valor exceda de cien mil pesos ($ 100.000).
Expedir reglamentos generales sobre otorgamiento de las prestaciones y reglamentos especiales sobre el funcionamiento de las Divisiones Administrativas de la Caja.
Señalar las funciones o actos que el Gerente puede delegar en otros servidores de la Caja. ñ) Determinar la organización de la Caja. Para tal efecto podrá crear, suprimir o modificar sus dependencias y señalar sus funciones.
Designar el reemplazo del Gerente en sus faltas temporales o accidentales.
Designar el funcionario que haga las veces de Jefe de Personal.
Fijar las asignaciones de los cargos de la Caja.