Los consejos dispondrán que los servicios religiosos de los cementerios se presten en armonía las practicas religiosas del país, sin que ello motive des acuerdo con, mandatos legales vigentes al respecto y se reconocerán a favor del Párroco los emolumentos acostumbrados para esos servicios religiosos.
Ley 92 de 1938 →Vigente
Artículo 23
Ley 92 de 1938 · Por la cual se dictan algunas disposiciones sobre registro civil y cementerios
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.