Micelio

Artículo 23

Ley 92 de 1938 · Por la cual se dictan algunas disposiciones sobre registro civil y cementerios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los consejos dispondrán que los servicios religiosos de los cementerios se presten en armonía las practicas religiosas del país, sin que ello motive des acuerdo con, mandatos legales vigentes al respecto y se reconocerán a favor del Párroco los emolumentos acostumbrados para esos servicios religiosos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 92 de 1938