Artículo único Abranse al Presupuesto de Gastos del bienio económico de 1887 y 1888 los siguientes créditos suplementales : Departamento de Política interior : Cap. 4.° Cámara de Representantes ( material ) Art. 6 ° Escritorio y alumbrado para la Cámara de Representantes $ 110 Cap. 7.° Poder Ejecutivo nacional (material). Art . 10. Utiles de escritorio, alumbrado &ª para el Palacio presidencial 42 80. Departamento de Justicia : Cap. 19 Ministerio público (material). Art 33. Para útiles de escritorio de la Procuraduría general de la Nación. 9 70 Cap. 17. Corte Suprema (material). Art. 28. Gastos de escritorio y alumbrado para la Coite Suprema nacional 4 Cap. 21. Jueces Superiores de Distrito judicial y de Circuito. Art. 40. Sueldos de los empleados de los Juzgados Superiores del Departamento de Cuudinamarca 79 75 Art. 45. Juzgados de Circuito. 1° Sueldo anual de los Jueces de Circuito, sus Secretarios, Escribientes y Porteros (aproximacion) $ 120,000 Departamento de Correos : Cap. 27. Administración general de Correos (material). Art.71. Escritorio, alumbrado, trasportes de encomiendas, adelantos, estadías, &ª &ª 140,000 Departamento de Telégrafos y Teléfonos. Cap. 33. Telégrafos (material). Art. 122 Útiles de escritorio,alumbrado, alquiler de locales &ª Art. 123. Reparación de postes, alambre, &ª } 15,000 Cap. 34. Teléfonos (material ) Art. 127. Para sostenimiento del servicio de Teléfonos. 500 Publíquese. Dado en Suesca, á 23 de Diciembre de 1889. CARLOS HOLGÜÍN. El Ministro del Tesoro, encargado del Despacho de Gobierno, Vicente Restrepo
Decreto 6 de 1889 →Vigente
Artículo 1
Decreto 6 de 1889 · Por el cual se abren varios créditos suplementales al Presupuesto de Gastos del bienio económico de 1887 y 1888
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.