Micelio

Artículo 16

Decreto 1151 de 2000 · por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, Dane.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artíc ulo 16 . Dirección de Censos y Demografía . Son funciones generales de la Dirección de Censos y Demografía del Departamento las siguientes

1.

Producir y difundir de manera eficiente, oportuna y confiable, la información de carácter censal y demográfica que requiere el país para la toma de decisiones.

2.

Diseñar y articular los métodos, las técnicas y los instrumentos de registro, validación y análisis de la información en los campos sociodemográfico.

3.

Nutrir con la información sociodemográfica requerida al Sistema Nacional de Información Estadística, de manera eficiente y oportuna para su aprovechamiento en todos los niveles territoriales y sectoriales.

4.

Coordinar y promover la producción, normalización y difusión de la información sociodemográfica en todos los niveles territoriales y sectoriales.

5.

Apropiar, adaptar y generar la transformación y mejoramiento de la actividad estadística en los campos censal y demográfico.

6.

Contribuir a lograr los cambios institucionales, de acuerdo con las transformaciones permanentes de la sociedad y de la tecnología.

7.

Conformar, normalizar, consolidar y mantener las bases de datos y series de estadísticas censales y demográficas.

8.

Diseñar mecanismos que fomenten el uso de la información censal y demográfica a los diferentes niveles de desagregación territorial con miras a lograr la cultura estadística en el país.

9.

Participar en la elaboración, diseño y seguimiento de las políticas de población que realice el país.

10.

Las que reciba por delegación, aquellas inherentes a las funciones que desarrolle y las demás que le asigne el Subdirector o el Director del Departamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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