Micelio

Artículo 3

Ley 28 de 1927 · Por la cual se confieren unas autorizaciones al Ejecutivo sobre construcción de oficinas para servicio público y se adiciona el artículo 18 de la Ley 34 de 1923

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para la compra de inmuebles destinados a las construcciones de oficinas de correos y telégrafos se requerirá el avaluó verificado por tres peritos nombrados así: uno por el Poder Ejecutivo, otro por el Consejo de Estado y otro por la Corte Suprema de Justicia, nombramientos que las respectivas entidades pueden delegar a los Gobernadores, Tribunales Seccionales Administrativos y Tribunales Superiores, respectivamente.

Parágrafo

Ninguna compra podrá hacerse por suma mayor de la del avaluó de que trata el presente artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 28 de 1927