De la escala cartográfica. Los Planes de Ordenación y Manejo de Cuencas Hidrográficas, se elaborarán así:
A escala 1:100.000, para las cuencas que hacen parte de las zonas hidrográficas o macrocuencas Orinoco, Amazonas y Pacífico, o un nivel más detallado cuando la información disponible lo permita.
A escala 1:25.000, para las cuencas que hacen parte de las zonas hidrográficas o macrocuencas Caribe y Magdalena-Cauca.
Las cuencas transfronterizas, serán objeto de tratamiento especial, para lo cual el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible coordinará lo pertinente con el Ministerio de Relaciones Exteriores.
(Decreto 1640 de 2012, artículo 21).