Micelio

Artículo 14

Al Término De Los Estudios Y Prácticas Del Internado, Los Alumnos Que Hubieren Aprobado Sus Cursos Y Hubieren Observado Buena Conducta, Tendrán Derecho A Recibir Una Certificación Que Los Acredite Como Mayordomos Expertos En El Manejo Y En La Explotación De Las Fincas

Decreto 1795 de 1937 · Por el cual se aprueba el número 166 de 1937, del Intendente Nacional del Meta

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Al término de los estudios y prácticas del Internado, los alumnos que hubieren aprobado sus cursos y hubieren observado buena conducta, tendrán derecho a recibir una certificación que los acredite como Mayordomos expertos en el manejo y en la explotación de las fincas. La Intendencia, de acuerdo con el Ministerio de Agricultura, procurará proveer con el personal de alumnos que hayan terminado estudios en el Internado, los puestos para el desarrollo de los planes del Gobierno de explotación y colonización del territorio, e intervendrá con las empresas particulares para que ellas utilicen los servicios de los que hayan hecho su curso en el Internado.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1795 de 1937