Micelio

Artículo 11

Los Artículos Científicos O De Divulgación General, Los Textos Y Las Conferencias Preliminares Que Se Señalan En Los Literales D) Del Artículo 36 Y D) Del Artículo 37 Del Acuerdo 06 De 1985 Aprobado Por Decreto 340 De 1986, Que Se Presenten Como Requisito De Ascenso, Solo Obtendrán Puntaje Para El Escalafón Si Se Someten Al Proceso De Evaluación De Que Trata El Artículo 8º Del Presente Decreto

Decreto 48 de 1989 · Por el cual se establece el régimen de remuneración del personal de empleados públicos docentes de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los artículos científicos o de divulgación general, los textos y las conferencias preliminares que se señalan en los literales d) del artículo 36 y d) del artículo 37 del Acuerdo 06 de 1985 aprobado por Decreto 340 de 1986, que se presenten como requisito de ascenso, solo obtendrán puntaje para el escalafón si se someten al proceso de evaluación de que trata el artículo 8º del presente decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 48 de 1989