Micelio

Artículo 2

Ley 138 de 1896 · por la cual se conceden varias recompensas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2.º Concédese igualmente una recompensa de dos mil pesos ($ 2,000) al Coronel Leoncio Vargas como indemnización por sus servicios prestados al Gobierno y a la perdida su casa de habitación en la guerra de 1895; otra de mil pesos ($ 1,000) á la señora Catalina Vargas P., hermana del Alférez Fermín Vargas, muerto en combate de Quirbaquirá; y otra de tres mil pesos ($ 3,000) al señor Moisés García, padre del Sargento Mayor del mismo nombre, que murió heróicamente defendiendo la plaza del Espinal en 1895.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 138 de 1896