º Los ministerios, departamentos administrativos y establecimientos públicos nacionales elaborarán anualmente el programa general de compras de los bienes muebles que requieran para su funcionamiento y organización. Las superintendencias, las unidades administrativas especiales y los fondos sin personería jurídica de que trata el artículo 2º del Decreto 3130 de 1968, también deberán elaborar tal programa de compras.
Decreto 751 de 1984 →Vigente
Artículo 1
Los Ministerios, Departamentos Administrativos Y Establecimientos Públicos Nacionales Elaborarán Anualmente El Programa General De Compras De Los Bienes Muebles Que Requieran Para Su Funcionamiento Y Organización
Decreto 751 de 1984 · Por el cual se reglamenta el artículo 137 del Decreto extraordinario 222 de 1983
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.