Artículo segundo. Para los efectos de las tramitaciones oficiales, por las entradas y salidas del buque citado, dicha embarcación queda bajo el control y vigilancia del Comando de la Base Naval "A. R. C. Bolívar", de Cartagena. Comuníquese y publíquese.
Decreto 2221 de 1947 →Vigente
Artículo 2
Decreto 2221 de 1947 · por el cual se declara exento del pago de impuestos nacionales, servicios, etc., y formalidades aduaneras el buque "All America".
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.