Micelio

Artículo 10

Los Funcionarios A Que Se Refiere Este Decreto, Que Lleguen O Hayan Llegado A La Edad De Retiro Forzoso Al Servicio De La Contraloría General De La República, Sin Reunir Los Requisitos Exigidos Para Una Pensión Ordinaria De Jubilación, Pero Habiendo Servido No Menos De Cinco Años Continuos En Tales Actividades, Tendrán Derecho A Una Pensión De Vejez Equivalente A Un 25% Del Último Sueldo Devengado, Más Un 2% Por Cada Año Servido

Decreto 929 de 1976 · Por el cual se establece el régimen de prestaciones sociales de los funcionarios y empleados de la Contraloría General de la República y sus familiares.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los funcionarios a que se refiere este Decreto, que lleguen o hayan llegado a la edad de retiro forzoso al servicio de la Contraloría General de la República, sin reunir los requisitos exigidos para una pensión ordinaria de jubilación, pero habiendo servido no menos de cinco años continuos en tales actividades, tendrán derecho a una pensión de vejez equivalente a un 25% del último sueldo devengado, más un 2% por cada año servido.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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