° Los Inspectores ejercerán, ademas de las funciones que les corresponden segun las disposiciones vijentes, las que siguen : 1.ª La de que trata el artículo 4.° de este decreto ; 2.ª Enviar a la Secretaría de Hacienda todos los datos sobre comercio i navegacion fluvial que puedan obtener, de acuerdo con los modelos que preparará al efecto la Oficina de Estadística nacional ; 3.ª Espedir todos los certificados que se les pidan referentes al estado de las embarcaciones, su carga i tripulacion, debiendo, para cerciorarse de los hechos, hacer las inspecciones que fueren necesarias ; 4.ª Procurar que los empleados i particulares que intervienen en el comercio fluvial, tengan conocimiento de las disposiciones lejislativas i ejecutivas a que deben sujetarse, para que ellas sean debidamente cumplidas ; 5.ª Intervenir en la revision de los cargamentos de mercaderías que se internen, cuando esa operacion haya de verificarse por órden del Poder Ejecutivo de acuerdo con los artículos 124 i 125 del Código fiscal ; i 6.ª Celar el contrabando a las rentas nacionales, i dar, cuando descubran algun fraude, los avisos del caso a las respectivas autoridades.
Decreto 613 de 1875 →Vigente
Artículo 7
Los Inspectores Ejercerán, Ademas De Las Funciones Que Les Corresponden Segun Las Disposiciones Vijentes, Las Que Siguen : 1
Decreto 613 de 1875 · Sobre comercio fluvial
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.