Art. 1.º Declárase valida la Ordenanza número 16 del corriente año, por la cual la Asamblea de Boyacá asume la facultad de nombrar los miembros del Tribunal de Cuentas del Departamento, y provisionalmente el Síndico del Colegio de Boyacá.
Ley 62 de 1903 →Vigente
Artículo 1
Ley 62 de 1903 · por la cual se declara válida una Ordenanza y se hace manifiesta una atribución de las Asambleas departamentales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.