° En los juicios que tenga que adelantar el Teniente Comandante de la Policía en la zona litigiosa aplicará la disposición de los Códigos respecto de cada uno de los Departamentos interesados, que fuere más favorable al infractor.
Decreto 2194 de 1945 →Vigente
Artículo 4
En Los Juicios Que Tenga Que Adelantar El Teniente Comandante De La Policía En La Zona Litigiosa Aplicará La Disposición De Los Códigos Respecto De Cada Uno De Los Departamentos Interesados, Que Fuere Más Favorable Al Infractor
Decreto 2194 de 1945 · Por el cual se reglamenta el recaudo de un impuesto de degüello en la zona litigiosa de Moscopán, entre los Departamentos del Cauca y el Huila
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.