Micelio

Artículo 1

Ley 2 de 1944 · Por la cual se reconoce una participación al Municipio de Santa Catalina en las Salinas de Galerazamba y se nacionaliza una carretera

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Reconócesele al Municipio de Santa Catalina, en el Departamento de Bolívar, una participación del cinco por ciento (5%) sobre el producido bruto de las Salinas de Galerazamba.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 2 de 1944