Micelio

Artículo 2.17.2.2.2.4

Control De Límites En La Inversión De Capitales Del Exterior

Decreto 1068 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Control de límites en la inversión de capitales del exterior. El inversionista será responsable de dar cumplimiento a cualquier norma relacionada con límites aplicables a las inversiones que realiza, tales como el previsto en el artículo 6.15.2.1.1 del Decreto 2555 de 2010, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, con independencia de tener varios apoderados. En caso de que los apoderados requieran información que sea indispensable para el adecuado cumplimiento de sus obligaciones, el inversionista deberá suministrar la información que sea necesaria para el efecto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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