Artículo primero. Créase la Inspección Seccional del Trabajo de Montería, con jurisdicción en todo el Departamento de Córdoba, con el siguiente personal y asignaciones: $ Mensuales Un Inspector-Jefe 500.00 Un Secretario 340.00 Una Mecanotaquígrafa 200.00
Decreto 1867 de 1952 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1867 de 1952 · Por el cual se crea la Inspección Seccional del Trabajo de Montería
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.