º Crease la Empresa Colombiana de Vías Férreas, Ferrovías, como una empresa industrial y comercial del Estado, con personería jurídica, autonomía administrativa y capital independiente, vinculada al Ministerio de Obras Públicas y Transporte. Para todos los efectos legales, la Empresa podrá utilizar la sigla Ferrovías.
Decreto 1588 de 1989 →Vigente
Artículo 1
Crease La Empresa Colombiana De Vías Férreas, Ferrovías, Como Una Empresa Industrial Y Comercial Del Estado, Con Personería Jurídica, Autonomía Administrativa Y Capital Independiente, Vinculada Al Ministerio De Obras Públicas Y Transporte
Decreto 1588 de 1989 · Por el cual se crea la Empresa Colombiana de Vías Férreas, Ferrovías, y se dictan normas para su organización y funcionamiento
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.