Micelio

Artículo 31

Del Decreto 0376 De 1957

Decreto 2934 de 1959 · Por el cual se fijan unas normas sobre pesca marítima y se modifican unas disposiciones sobre la misma materia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo Primero , El término de un año de que disfrutan las compañías pesqueras establecidas en Colombia para iniciar la nacionalización de los barcos fletados de bandera extranjera, de que trata el articulo 31 del Decreto 0376 de 1957. Se contará a partir de la fecha del registro de la escritura social en la correspondiente Cámara de Comercio, cuando se trate de empresas constituidas con posterioridad a la vigencia de este decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2934 de 1959