Micelio

Artículo 4

º

Decreto 1960 de 1996 · por el cual se reglamenta parcialmente el Estatuto Tributario y se dictan oras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Aplicación para entidades del régimen especial y vigiladas. Los pagos efectuados por personas jurídicas y sociedades de hecho a los establecimientos de crédito sometidos a la inspección, vigilancia y control de la Superintendencia Bancaria, y a los contribuyentes que pertenezcan al régimen especial, por concepto de rendimientos financieros provenientes de títulos con descuento y títulos con intereses cuya colocación primaria se efectúe a partir de la vigencia del presente decreto, se encuentran sometidos a la retención en la fuente de conformidad con lo dispuesto en el presente decreto y demás normas concordantes. Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en el

Parágrafo 3

del artículo 19 del Estatuto Tributario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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