Micelio

Artículo 2.2.12.12

Reglamentación Adicional

Decreto 1079 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Reglamentación adicional. Con el fin de planear y ejecutar los objetivos, líneas y acciones del PFUB y, en caso de ser necesaria la emisión de reglamentación adicional, el Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio de Transporte, así como las demás entidades de apoyo, bajo el principio de coordinación y colaboración armónica, podrán expedir los actos administrativos correspondientes de acuerdo con sus competencias.

Parágrafo

Sin perjuicio de las acciones generales y específicas señaladas en el presente Decreto y su Anexo Técnico para la implementación del PFUB, se podrán establecer acciones adicionales como resultado de las propuestas formuladas por los responsables, entidades de apoyo, entidades territoriales, organizaciones de movilidad activa, entre otros actores, que contribuyan al fortalecimiento del PFUB.

Estas nuevas acciones deberán relacionarse con un objetivo, línea de acción y acción general, según el caso, y deberán especificar en su plan de acción las condiciones técnicas para su implementación.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1079 de 2015