Comisiónase Al Instituto Colombiano De Especialización Técnica En El Exterior Para Vigilar Los Estudios De Los Funcionarios Comprendidos En El Presente Decreto, Informar Al Jefe Del Respectivo Organismo Administrativo, Y En Caso De Que, A Su Juicio, El Funcionario No Cumpliere Con Sus Obligaciones De Estudiante, Solicita La Autoridad Correspondiente La Cancelación De La Comisión
Decreto 1016 de 1956 · Por el cual se provee a la capacitación técnica de los servicios públicos nacionales y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° Comisiónase al Instituto Colombiano de Especialización Técnica en el Exterior para vigilar los estudios de los funcionarios comprendidos en el presente Decreto, informar al Jefe del respectivo organismo administrativo, y en caso de que, a su juicio, el funcionario no cumpliere con sus obligaciones de estudiante, solicita la autoridad correspondiente la cancelación de la comisión.
Parágrafo
Para gozar de los beneficios establecidos por el presente Decreto, cada funcionario deberá firmar un contrato y otorgar una caución, de acuerdo con las normas que fije el Instituto Colombiano de Especialización Técnica en el Exterior, y de conformidad con la Resolución número 31, de 11 de julio de 1955, aprobada por el Decreto número 2014, de 22 de julio del mismo año.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.