Art. 6.° Para todo lo dispuesto en esta lei sea cumplido esactamente, el Poder Ejecutivo solicitará i hará publicar en la Gaceta Oficial las listas de las personas de que se compongan las familias, comitivas i servidumbres de los ajentes diplomáticos estranjeros que se acrediten cerca del Gobierno de la República.
Ley 1851032601 de 1851 →Vigente
Artículo 6
Ley 1851032601 de 1851 · Sobre inmunidades de los ajentes diplomáticos de naciones estranjeras.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.