✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. Modifíquese el artículo 2.2.1.40 del Decreto 1080 de 2015, el cual quedará así: “Artículo 2.2.1.40. Criterios para la elección de representantes. Para la elección de los representantes a que se refieren los numerales 4 al 8 del artículo 2.2.1.38 de este decreto, se tendrán en consideración los siguientes criterios generales
1.
Que los representantes a que se refieren los numerales 4 al 8 del citado artículo sean personas conocedoras del sector cinematográfico, en criterio de sus electores.
2.
Que las elecciones se efectúen en forma democrática, buscando una amplia participación”.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.