Micelio

Artículo 25

Decreto 1403 de 1994 · por el cual se aprueba el Acuerdo No. 62 del 29 de junio de 1994 del Consejo Directivo del Instituto de Seguros Sociales que adopta la estructura interna y establecen las funciones de sus dependencias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

- La Gerencia Nacional de Planeación de Servicios de Salud de la IPS cumplirá las siguientes funciones

a)

Definir con la Vicepresidencia de IPS y la Dirección Nacional de Planeación Corporativa las políticas y objetivos de la IPS.

b)

Mantener la información actualizada sobre planes y programas de entidades similares, públicas y privadas, en relación con prestación de servicios de salud.

c)

Promover y coordinar un proceso de planeación integral que incluya las áreas de servicios ambulatorios, hospitalarios y urgencias y el soporte diagnóstico y complementación terapéutica.

d)

Dirigir la evaluación de los proyectos, planes y programas de la IPS.

e)

Coordinar, recolectar y procesar la información estadística de los diferentes Centros de Atención del Instituto.

f)

Participar en el diseño del sistema de información en las IPS del Instituto, ajustado a los lineamentos de la Institución y a las políticas del Sistema General de Seguridad Social.

g)

Promover y orientar el proceso de modernización y mejoramiento continuo en las diferentes áreas de la IPS.

h)

Asistir a las reparticiones del nivel nacional, seccional y local en el desarrollo de la planificación de las actividades del área de su competencia.

i)

Realizar los estudios de factibilidad de los proyectos aprobados en el plan de desarrollo de las IPS.

j)

Definir la red de servicios de la IPS.

k)

Organizar y promover la sistematización de las historias clínicas en todas las unidades prestadoras de servicios.

l)

Llevar la estadística, los indicadores de gestión y los análisis correspondientes.

m)

Las demás que se le asignen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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