Micelio

Artículo 12

A

Decreto 262 de 2004 · por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A. Dirección de Recolección y Acopio . Son funciones de la Dirección de Recolección y Acopio las siguientes

1.

Dirigir, articular y coordinar la planeación, ejecución, seguimiento y evaluación de las actividades relacionadas con la recolección y acopio de la información requerida para las operaciones estadísticas, atendiendo los estándares de calidad y conforme a lo establecido en el modelo del proceso estadístico adoptado por el Departamento

2.

Coordinar la programación de actividades de recolección y acopio de manera articulada con las dependencias intervinientes en el proceso de producción estadística.

3.

Realizar la planeación, la ejecución y el seguimiento presupuestal para la recolección y acopio de las operaciones estadísticas.

4.

Innovar en materia de sistemas, técnicas y métodos en la fase de recolección y acopio con el propósito de mejorar la calidad del proceso estadístico y sus resultados.

5.

Definir, hacer seguimiento y evaluar las metas a incorporar en los instrumentos institucionales de planeación y gestión.

6.

Garantizar una adecuada y oportuna gestión de los riesgos de corrupción, de seguridad de la información y de gestión en la fase de recolección y acopio del proceso de producción estadística.

7.

Garantizar la elaboración y actualización de los documentos de recolección y acopio en el sistema de gestión institucional de acuerdo con los lineamientos, manuales o guías institucionales y del Sistema Estadístico Nacional.

8.

Articular con las Direcciones Territoriales las actividades de planeación operativa y presupuestal, la realización y el seguimiento de los operativos de campo, la transmisión de la información y la evaluación de la fase de recolección y acopio de las operaciones estadísticas.

9.

Elaborar la ficha operativa y el texto de la convocatoria y aportar el componente operativo a las actividades de aprendizaje y evaluación del procedimiento de selección del equipo técnico operativo requerido para la recolección y acopio de las operaciones estadísticas, de manera coordinada con las Direcciones Territoriales, cuando a ello haya lugar.

10.

Contribuir con lo que corresponda en los procesos de selección del equipo técnico.

11.

Presentar los informes en los asuntos de su competencia que sean requeridos por las dependencias internas y los organismos externos.

12.

Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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