DE LOS VIÁTICOS PARA COMISIONES MAYORES DE TREINTA DÍAS . Cuando el comisionado deba permanecer más de treinta días en el mismo lugar, la liquidación de los viáticos se hará, a partir del trigésimo primer día, con un descuento del diez por ciento sobre la cuantía diaria asignada.
Decreto 720 de 1978 →Vigente
Artículo 57
De Los Viáticos Para Comisiones Mayores De Treinta Días
Decreto 720 de 1978 · Por el cual se establece el sistema de clasificación y nomenclatura de los empleos de la Contraloría General de la República, se fijan las escalas de remuneración correspondientes a dichos empleos y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.