Los Agentes de Policía Nacional casados, o viudos con hijos legítimos, tendrán derechos al "Subsidio Familiar" que se liquidará mensualmente sobre el sueldo básico así:
Si es casado o viudo con hijos menores, un treinta por ciento (30%).
Además un subsidio adicional, para uno y otro, del cinco por ciento (5%) por el primer hijo, y cuatro por ciento (4%) por cada uno de los restantes.
El personal civil de la Policía Nacional gozará del mismo subsidio familiar de que trata el presente artículo.
Para tener derecho al subsidio que trata este artículo es requisito indispensable que el interesado compruebe que sostiene su hogar o que sus hijos dependen económicamente de él.