Micelio

Artículo 1

A Partir Del 16 De Marzo En Curso, Las Inspecciones Nacionales De Educación Quedarán Con El Siguiente Personal Y Asignaciones: Inspección Nacional De Alfabetización

Decreto 641 de 1949 · Por el cual se fija el personal y asignaciones de las Inspecciones Nacionales de Educación, se suprimen unos cargos y se fijan los viáticos de Inspectores

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º A partir del 16 de marzo en curso, las Inspecciones Nacionales de Educación quedarán con el siguiente personal y asignaciones: Inspección Nacional de Alfabetización. 17 Inspectores, a $ 350 mensuales cada uno. Inspección Nacional de Educación Primaria. 19 Inspectores, a $ 350 mensuales cada uno. Inspección Nacional de Educación Secundaria. 18 Inspectores, a $ 420 mensuales cada uno. Inspección Nacional de Educación Normalista. 4 Inspectores a $ 420 mensuales cada uno. Inspección Nacional de Educación Técnica (Vocacional). 7 Inspectores, a $ 350 mensuales cada uno.

Parágrafo 1

De los Inspectores de Educación Secundaria, 3 serán especializados en Educación Física y con destino a inspeccionar esta rama de la enseñanza en los planteles de Educación Secundaria y Normalista.

Parágrafo 2

De los 5 Inspectores de Educación Técnica (Vocacional), 2 serán destinados para inspeccionar los establecimientos de Enseñanza Comercial, 2 para inspeccionar los establecimientos de Enseñanza Industrial y 3 para inspeccionar los establecimientos de Enseñanza Agrícola.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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