Artículo octavo. Son funciones del Comité Administrativo
Proponer las políticas y procedimientos administrativos que garanticen el logro de los objetivos institucionales
Proponer la creación, modificación o supresión de unidades administrativas;
Asesorar al Rector en aspectos de administración económico-financiera;
Asesorar al Rector en el proceso de las adquisiciones que estatutariamente puede efectuar.