º Las investigaciones por perdidas, extravío, expoliación, despojo o avería de cualquier envío postal ordinario del Exterior con destino a Colombia y los destinados al Exterior introducidos en las oficinas postales de la República, corresponderá adelantarlas a la sección internacional del Ministerio de Comunicaciones, sujetándose al procedimiento indicado en este Decreto.
Artículo 10
Las Investigaciones Por Perdidas, Extravío, Expoliación, Despojo O Avería De Cualquier Envío Postal Ordinario Del Exterior Con Destino A Colombia Y Los Destinados Al Exterior Introducidos En Las Oficinas Postales De La República, Corresponderá Adelantarlas A La Sección Internacional Del Ministerio De Comunicaciones, Sujetándose Al Procedimiento Indicado En Este Decreto
Decreto 587 de 1959 · Por el cual se dictan disposiciones en relación con las investigaciones por pérdida, extravío, explotación, despojo o avería de los envíos postales
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.