Base de cotización. El salario mensual base para calcular las cotizaciones de los afiliados al Fondo de Previsión Social del Congreso de la República, estará constituido por los factores previstos en el artículo 2.2.3.1.3 de este decreto, salvo lo previsto para Congresistas en el artículo 2.2.4.9.7 del mismo. (Decreto 1755 de 1994, artículo 4°)
Decreto 1833 de 2016 →Vigente
Artículo 2.2.4.9.4
Base De Cotización
Decreto 1833 de 2016 · por medio del cual se compilan las normas del Sistema General de Pensiones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.