Artículo primero. El Gobierno Nacional podrá otorgar certificados de terminación del Primer Ciclo de Enseñanza Media, a las personas que reúnan los siguientes requisitos
Haber cursado y aprobado el quinto año de educación primaria.
Haberse inscrito, después de haber cumplido los diez y seis (16) años de edad, en uno de los establecimientos autorizados por el Ministerio de Educación Nacional para inscribir alumnos en calidad de estudiantes libres.
Presentar y aprobar los exámenes del Estado de que tratan los artículos 3º, 4º y5º del presente Decreto.