Excusas. Hay dos clases de excusas para servir el cargo de jurado: absolutas y relativas. Las primeras se alegarán ante el Tribunal Superior; y las segundas, ante el respectivo juzgado.
TEXTO CORRESPONDIENTE A
Decreto 409 de 1971 · por el cual se introducen reformas al Código de Procedimiento Penal y se codifican todas sus normas.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Excusas. Hay dos clases de excusas para servir el cargo de jurado: absolutas y relativas. Las primeras se alegarán ante el Tribunal Superior; y las segundas, ante el respectivo juzgado.
TEXTO CORRESPONDIENTE A
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.