° . Trasládase en el Presupuesto Nacional de gastos para el año fiscal de 1° de enero a 31 de diciembre de 1921, del Ministerio de Obras Públicas, capítulo 70,-auxilios y gastos de fomento-artículo 843, la suma de veintiséis mil cincuenta pesos ($ 26,000), a la siguiente imputación: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS CAPITULO 72 Vigencia, anterior,
Decreto 249 de 1921 →Vigente
Artículo 1
Decreto 249 de 1921 · Por el cual se hace una traslación en el Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.