° El Departamento dirigirá y administrará los trabajos, por medio de personal técnico y administrativo competente. Los nombramientos de ese personal y la fijación de sus asignaciones los hará el Gobierno del Departamento de Antioquia, por medio de resoluciones que requerirán para su validez de la aprobación del Ministerio de Obras Públicas, cuando las asignaciones excedan de quinientos pesos ($ 500) mensuales. El resto del personal será de libre nombramiento y remoción del Gobernador, así como la fijación dé sus asignaciones o salarios.
Queda autorizado el Departamento para fijar viáticos a los empleados, de acuerdo con lo establecido por la Resolución número 709 de 1948 del Ministerio de Obras Públicas. Las resoluciones que con este fin dictare el Departamento no necesitarán posterior aprobación del Ministerio de Obras Públicas.