Modifícase El Parágrafo 1° Del Artículo 16 Del Decreto 2685 De 1999, El Cual Quedará Así: “parágrafo 1°
Decreto 4434 de 2004 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2685 de 1999.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. Modifícase el
Parágrafo 1
del artículo 16 del Decreto 2685 de 1999, el cual quedará así: “
Parágrafo 1
Los valores señalados en este artículo serán reajustados anual y acumulativamente en forma automática el 1° de abril de cada año, en un porcentaje igual a la variación del índice de precios al consumidor reportado por el DANE para el año inmediatamente anterior”.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.