Articulo 2º El Comité de Inmigración y Colonización tendrá a su cargo las mismas funciones asignadas en el Decreto número 596 de 1939, a .saber
Revisión de todas las leyes y disposiciones vigentes sobre inmigración y colonización para sugerir las modificaciones que convenga introducirles.
Preparación de los proyectos de ley que sea necesario presentar al Congreso en relación con la inmigración y la colonización.
Estudio y elaboración de un plan de inmigración y colonización que permita al país aprovechar las condiciones en que actualmente se pueden atraer hacia Colombia núcleos importantes de inmigrantes europeos.
Investigación genera) sobre las condiciones naturales de los baldíos de la Nación que pueden estimarse para la colonización con inmigrantes.
Estudio de los medios de financiar la traída y radicación de inmigrantes individuales o grupos de inmigrantes.
Preparación de los informes sobre la capacidad de receptividad inmigratoria del país, en cuanto a la profesión, actividad y condiciones que puedan recibirse para cumplir con la Resolución aprobada en ja Conferencia panamericana de Lima,
Estudio de la cooperación que puedan prestar otros organismos oficiales y particulares del país para facilitar los trabajos de inmigración y colonización.
Acordar su propio reglamento.