°. Hacer la siguiente distribución en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1970: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Salud Pública. CAPITULO 231 Ministerio de Salud Pública. Programa 256, Sostenimiento de Hospitales; Puestos y Centros de Salud. 203, 352, 412. Artículo 2438. -Aportes para sostenimiento de Hospitales, Puestos y Centros de Salud, en el Departamento de Santander. Ordinal 55. Aporte con destino al Servicio Seccional de Salud, para cubrir necesidades del servicio en relación x con el sostenimiento de Hospitales y Puestos de Salud $ 100.000.00 Que se distribuye así: Ordinal 56. Bucaramanga: Centro de Protección y Rehabilitación Infantil San Juan Bautista (inclusive construcción , y dotación) $100.000.00 Total $100.000.00
Decreto 1938 de 1970 →Vigente
Artículo 1
Hacer La Siguiente Distribución En El Presupuesto De Gastos De La Vigencia Fiscal De 1970: Presupuesto De Funcionamiento Ministerio De Salud Pública
Decreto 1938 de 1970 · Por el cual se hace una distribución en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970 (Ministerio de Salud Pública), por $ 100.000.00
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.