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Artículo 1

Hacer La Siguiente Distribución En El Presupuesto De Gastos De La Vigencia Fiscal De 1970: Presupuesto De Funcionamiento Ministerio De Salud Pública

Decreto 1938 de 1970 · Por el cual se hace una distribución en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970 (Ministerio de Salud Pública), por $ 100.000.00

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Hacer la siguiente distribución en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1970: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Salud Pública. CAPITULO 231 Ministerio de Salud Pública. Programa 256, Sostenimiento de Hospitales; Puestos y Centros de Salud. 203, 352, 412. Artículo 2438. -Aportes para sostenimiento de Hospitales, Puestos y Centros de Salud, en el Departamento de Santander. Ordinal 55. Aporte con destino al Servicio Seccional de Salud, para cubrir necesidades del servicio en relación x con el sostenimiento de Hospitales y Puestos de Salud $ 100.000.00 Que se distribuye así: Ordinal 56. Bucaramanga: Centro de Protección y Rehabilitación Infantil San Juan Bautista (inclusive construcción , y dotación) $100.000.00 Total $100.000.00

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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